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Nueva ley de libertad sexual garantiza la prevención y la sanción de las violencias sexuales en todas sus formas, incluyendo el acoso callejero

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El Consejo de Ministros de España ha dado el visto bueno a la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, el proyecto de ley que consagra el ‘solo sí es sí’ como regla de base para juzgar la violencia sexual.

La norma, que aún debe pasar por el Congreso y el Senado para su ratificación, acaba con la distinción entre agresión y abuso sexual. La figura del ‘abuso’ desaparece del ordenamiento jurídico y todo acto sin consentimiento será considerado agresión sexual (sin necesidad, como hasta ahora, de acreditar violencia e intimidación). Además, se tipifica por primera vez como delito el acoso sexual callejero. Quienes “se dirijan a otra persona con expresiones, comportamientos o proposiciones de carácter sexual que creen a la víctima una situación objetivamente humillante, hostil o intimidatoria” podrán ser considerados culpables de un delito leve que se castigará con localización permanente o trabajos en beneficio de la comunidad.

libertad sexual

El objetivo del anteproyecto de Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, de 113 páginas, es la protección integral del derecho a la libertad sexual y la erradicación de todas las violencias sexuales. Para ello, entre otras novedades, prevé la acreditación de víctimas sin necesidad de denuncia policial, extiende a estos casos la actuación de la policía especializada o las oficinas de víctimas y prevé ayudas económicas para quienes sufran esta violencia.

La nueva La ley de libertad sexual, conocida popularmente como ley de solo sí es sí, también define, por primera vez en España, qué se entiende por consentimiento: “Solo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona”. Es decir, el silencio nunca es un sí. La ausencia de voluntad, movimiento o resistencia no puede nunca ser interpretada como consentimiento. Debe haber siempre una expresión clara de la voluntad de mantener relaciones sexuales.

Se prevé dar respuesta a las violencias sexuales cometidas en el ámbito digital, como la pornografía no consentida o la extorsión sexual. Despliega medidas de atención, prevención y reparación para las víctimas de violencia sexual. Y define el feminicidio sexual como “la violación más grave de los derechos humanos vinculada a las violencias sexuales”.

“Esta ley sitúa el consentimiento en el centro y eso significa que solo tú decides sobre tu cuerpo y tu sexualidad. El objetivo es claro: que ninguna mujer se sienta sola”.

Irene Montero, ministra de Igualdad.

Eliminación de la distinción de abuso y agresión sexual

Asimismo, la ley elimina la distinción entre abuso y agresión, poniendo igualmente el foco en el consentimiento y no en los medios o en la forma en que se produce el ataque contra la libertad sexual, recogiendo que toda conducta sexual realizada sin consentimiento es agresión sexual, en la línea que establece el Convenio de Estambul.

libertad sexual

El delito de violación ya no se reserva solo a los casos que concurren con violencia o intimidación, dejando claro que la gravedad del delito se deriva de la falta del consentimiento y no del empleo de determinados medios.

Sistema de penas progresivo y proporcional

No se opta por la exacerbación punitiva ni por la rebaja de penas, sino por un sistema penológico progresivo y proporcional a la gravedad, disuasorio y efectivo, que dé adecuada respuesta penal a la multiplicidad de circunstancias que puedan concurrir.

Por lo tanto, cada conducta contra la libertad sexual obtendrá una respuesta penal ajustada a las características concretas que la misma presente, reforzándose así la taxatividad propia del principio de legalidad penal.

Fuente: La Moncloa

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