Los beneficios fiscales para emprendedores y empresas MIPYME en Panamá pueden depender de diversos factores como: la actividad comercial, el tipo de forma jurídica, el ingreso anual, la locación, entre otros.
Aquí te detallamos algunos de los beneficios fiscales principales:
Exceptuados del Aviso de Operación
Este es uno de los documentos que se hizo muy popular en el 2020 entre los emprendedores. Pero antes de tramitar este documento, debo verificar primero si mi actividad comercial esta exenta.
Esta es la lista de algunas de esas actividades comerciales que no requieren de este documento:
- Actividades de explotación agrícola, ganadera, apícola, avícola, acuícola, agroforestal, o similares.
- Elaboración y venta de artesanías. También otras industrias manuales o caseras, siempre que se utilice el trabajo asalariado de hasta 5 trabajadores.
- Actividades sin fines de lucro
- Profesiones liberales, a título individual o través de una sociedad civil, toda vez que no son consideradas acto de comercio. (ejemplo: contadores, abogados, arquitectos, etc.).

Uso de equipo fiscal
Al igual que el aviso de operación, la ley prevé excepciones para el uso de equipos fiscales. Estos son algunos de los casos:
- Actividad agropecuaria cuyos ingresos gravables anuales sean menos de B/.250,000.00.
- Los servicios prestados en ejercicio de profesiones liberales, artesanales y artísticas, en forma independiente o a través de sociedades civiles.
- Personas naturales y jurídicas cuyas ventas anuales no excedan de B/.36,000 de acuerdo con su declaración jurada del ISR.
- Las sociedades de emprendimiento están exceptuadas del uso por dos años.
Exoneración del Impuesto sobre la Renta
Tanto persona natural, sociedad anónima, como la sociedad de emprendimiento que estén inscritos en el Registro Empresarial de AMPYME, tiene el beneficio de exoneración del impuesto sobre la renta por dos años. Esto contados a partir de la fecha de inscripción.
Exoneración de tasa única
Un beneficio que aplica para las sociedades de emprendimiento es la exoneración del pago de la tasa única por los 2 primeros años.
Régimen especial que brinda incentivos a la MIPYME
Esta ley busca dar un alivio a las empresas que pertenecen a este sector y han sido impactadas por la situación de la pandemia. Los porcentajes para el cálculo del impuesto sobre la renta fue disminuido. Esto aplica para personas naturales como jurídicas que no excedan de un ingreso anual bruto de B/.500,000.00. Adicional, las jurídicas quedan exentas del pago del impuesto complementario.
Actividades comerciales con un régimen fiscal especial
Esto puede aplicarse tanto para personas naturales y jurídicas, que estén en sectores como, por ejemplo: turismo, agrícola, exportación, entre otros.
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